CONVENIO MARCO DE COOPERACION INSTITUCIONAL

El 11 de marzo de 2004, en la ciudad de Buenos Aires, se celebra el presente Acuerdo Marco de Cooperación Institucional entre la Sociedad Iberoamericana de Información Científica (SIIC) y la Sociedad Argentina de Endocrinología Ginecológica y Reproductiva (SAEGRE).

CONSIDERANDO

Que ambas Instituciones tienen como objetivo la investigación, documentación y difusión de la información científica en el campo de la Endocrinología Ginecológica y Reproductiva.

Que ambas instituciones proponen y actúan en la formación, generación y comunicación de conocimientos del más alto nivel en un clima de libertad e igualdad, ofreciendo capacitación multidisciplinaria dirigida a la integración del saber, así como una formación científica y profesional específica, y el desarrollo de docentes, investigadores y profesionales capaces de actuar con responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo y un profundo sentido ético.

SAEGRE, representada por las autoridades de su Comisión Directiva y la Dirección de la SIIC, aprecian conveniente establecer un Acuerdo de Cooperación, para lo cual demuestran conformidad con las siguientes cláusulas;

CLAUSULAS:

1era.- SAEGRE Y SIIC se comprometen a intercambiar experiencias científicas, proyectos, desarrollos y trabajos de investigación, y otros recursos académicos.

2da.- SAEGRE Y SIIC coordinarán y fomentarán la realización de Proyectos y Eventos Académicos conjuntos para lograr mejoras sustantivas en el conocimiento y el ejercicio de la Endocrinología Ginecológica y Reproductiva.

Dentro de este marco se inscribe:

· La difusión y promoción de SIIC de los congresos y eventos científicos de la SAEGRE

· La aceptación de SIIC de brindar acceso bonificado especial a su sitio internet www.siicsalud.com a los socios de la SAEGRE (independientemente de quienes participen en los eventos científicos) que así lo requieran.

· El intercambio y consulta recíproca de las hemerotecas de ambas instituciones.

3ra.- El convenio aquí suscripto tendrá una duración indefinida, pudiéndose modificar y cancelar a iniciativa de cualquiera de las partes involucradas, las que tendrán que informar de un modo fehaciente con antelación de sesenta días, a la otra parte, con el compromiso de finalizar las tareas iniciadas con anterioridad, en especial, sí se debiera complimentar compromisos con terceros, hasta su total finalización.

4ta.- El presente Convenio es estrictamente de orden científico y académico y no supone cesión de derechos, ni pagos, ni lucro de algún tipo para alguna o ambas partes, como tampoco afectará la autonomía institucional, ni podrá comprometer el patrimonio ni la independencia económica de ambas instituciones.

5ta.- Quedarán establecidos los nombres y cargos de un miembro en cada institución para mantener en forma fluida la comunicación y la concreción de proyectos.

6ta.- El Convenio entrará en vigor el día de su firma, de acuerdo con procesos resolutivos de cada institución.

7ma.- En conformidad de lo actuado se firman dos ejemplares, a sus efectos.

SAEGRE
Dra. Marta Cortelezzi
Presidente SIIC
Rafael Bernal Castro
Presidente